La AFA se expidió acerca del reclamo realizado por Lanús luego de que Belgrano realizara seis cambios en el encuentro entre ambos correspondiente a la fecha 6 del Torneo Clausura 2026.
A través de la resolución publicada en el Boletín 6945, el Tribunal de Disciplina comunicó que rechaza "el encuadre de dicha infracción como "alineación indebida" en los términos del artículo 18 del Código Disciplinario" y que, en consecuencia, rechaza "la pretensión del Club Atlético Lanús de que se le adjudique el partido, manteniéndose el resultado obtenido en el terreno de juego: Club Atlético Belgrano de Córdoba 3 - Club Atlético Lanús 1".

La explicación que dio la Asociación del Fútbol Argentino es que el pedido de Lanús era por alineación indebida y que eso no aplica en este caso porque "la futbolista que ingresó al terreno de juego como sexta sustituta se encontraba debidamente registrada y habilitada, figuraba regularmente incorporada al encuentro a través del Sistema COMET y no registraba sanción disciplinaria ni impedimento reglamentario alguno que afectara su elegibilidad".
En su fallo el Tribunal de Disciplina agrega que "debe distinguirse, por lo tanto, entre la elegibilidad de la futbolista y la regularidad del procedimiento utilizado para concretar su ingreso al terreno de juego. La infracción comprobada no radica en que hubiera participado una futbolista inhabilitada o inelegible, sino en que el Club Atlético Belgrano de Córdoba excedió el número máximo de sustituciones autorizado por la reglamentación de la competición".
Por último, informaron que se decidió "sancionar al Club Atlético Belgrano de Córdoba con una multa equivalente a doscientos (200) v.e., en razón de la infracción reglamentaria acreditada y de conformidad con las facultades de determinación y graduación de las medidas disciplinarias que corresponden a este Tribunal", lo que quiere decir que se lo multa al conjunto cordobés con el dinero equivalente al precio de 200 entradas generales.

